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  • ¿En qué consiste la Ley Antifraude 2025?

    ¿En qué consiste la Ley Antifraude 2025?

    En julio de 2021, se publicó en el BOE el Proyecto de Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, también conocida como Ley Antifraude. Con esta normativa, el Gobierno de España busca combatir el fraude fiscal. A partir de julio de 2025, las empresas desarrolladoras de software de facturación tendrán que cumplir con esta nueva normativa, y a partir del año 2026, también las empresas que facturen menos de 6 millones de euros y los autónomos.

    ¿Qué es la Ley Antifraude?

    La Ley Antifraude o Ley 11/21, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, surge de la necesidad del Gobierno español de luchar contra el fraude fiscal. Uno de sus principales objetivos es acabar con los softwares de doble uso, que se emplean para llevar una contabilidad paralela.

    Los nuevos programas de facturación electrónicos deben garantizar la integridad, conservación, legibilidad, trazabilidad, inalterabilidad y conservación de los registros, tal como especifica la Ley General Tributaria.

    Principales novedades de la Ley Antifraude

    • La entrada en vigor de esta nueva Ley Antifraude supone que las empresas ya no podrán emplear sistemas de contabilidad manual, como puede ser una hoja de Excel, sino que tendrán que incorporar un sistema de facturación homologado.
    • Introduce un límite de 1.000 euros de pago en efectivo para empresarios.
    • La cantidad para aparecer en la lista de deudores de Hacienda se reduce a 600.000 euros.
    • Se establece un listado actualizado periódicamente donde se incluyen los paraísos fiscales.
    • Los inspectores de Hacienda pueden entrar en el domicilio de los autónomos para realizar inspecciones sorpresa.
    • Desaparecen los incentivos fiscales relacionados con las herencias en vida.
    • Mayor control sobre las criptomonedas.
    • Reducción de los recargos por pagar impuestos fuera de plazo.
    La entrada en vigor de esta nueva Ley Antifraude supone que las empresas ya no podrán emplear sistemas de contabilidad manual.

    A quién y cuándo les afecta esta nueva ley

    La Ley 11/21, de 9 de julio, será de obligado cumplimiento para todas aquellas empresas y autónomos que emitan facturas. A partir del año 2023, comenzó el período de cumplimiento voluntario.

    Será a partir de julio de 2025 cuando las empresas desarrolladoras de software de facturación se verán obligadas a cumplir con la legislación y a que sus productos estén homologados por la Agencia Tributaria. En el año 2026, pasará a ser obligatorio para el resto de empresas y autónomos. Las facturas emitidas por estos deberán ser electrónicas e incorporar un código QR y una huella digital, cumpliendo con el sistema Verifactu.

    Este proyecto es de obligado cumplimiento para todo el territorio español, a excepción de:

    • Empresas que facturen más de 6 millones de euros (cumplen esta normativa desde el año 2017).
    • Territorios forales.
    • Islas Canarias.
    • Ceuta y Melilla.
    • Empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII).
    Logo de Verifactu, el nuevo sistema de la AEAT.
    Las facturas emitidas por estos deberán ser electrónicas e incorporar un código QR y una huella digital, cumpliendo con el sistema Verifactu.

    A qué sanciones te puedes enfrentar si incumples esta ley

    El incumplimiento de esta nueva normativa conlleva graves sanciones económicas:

    • Superar el importe de 1.000 euros en efectivo en pagos entre empresas conlleva una multa del 25% de la operación.
    • Para empresas desarrolladoras de software, según la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en su artículo 201 bis, serán sancionadas con multa pecuniaria fija de 150.000 euros por cada ejercicio económico en el que se hayan producido ventas y por cada tipo distinto de sistema o programa informático o electrónico que sea objeto de la infracción.
    • Las empresas y autónomos que incurran en alguna infracción tributaria recogida en el apartado 2 del artículo 201 bis se sancionarán con multa pecuniaria fija de 50.000 euros por cada ejercicio, cuando se trate de la infracción por la tenencia de sistemas o programas informáticos o electrónicos que no estén debidamente certificados, teniendo que estarlo por disposición reglamentaria, o se hayan alterado o modificado los dispositivos certificados.

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